DESVIACIONES DEL DERECHO

 

DESVIACIONES DEL DERECHO

De manera general, podemos entender la desviación como el proceso por el que un individuo o grupo de estos, se salen del margen de las conductas aceptadas por la sociedad (que vienen siendo las normas), a través de la manifestación de ciertos actos o comportamientos, inadecuados, según estas, y trayendo como consecuencia en el mayor de los casos, la imposición de sanciones. Algunos de estos pueden ser irrelevantes y tener efectos de poca importancia para el individuo y otros, por lo contrario, considerados más graves por la sociedad, son clasificados como punibles.  Es importante destacar que las normas sociales son necesarias para que la sociedad exista y perviva. El concepto de desviación está estrechamente relacionado con el concepto de norma, ya que es de la norma de lo que un comportamiento se desvía. Por ello se dice que donde no existe norma no puede existir desviaciones.

Ahora bien, antes de definir que se considera como desviaciones del derecho es importante mencionar que el derecho viene dado como un conjunto de normas o reglas reguladoras de la conducta humana para así garantizar las paz, armonía y equidad a los individuos que componen una sociedad.


En derecho, desviación se refiere salirse dentro del marco de lo que está estipulado en la norma, en otras palabras; la violación de una norma que compone el ordenamiento jurídico. A continuación, se plantean diferentes ejemplos de desviaciones del derecho:

* El crimen: Es la acción voluntaria de herir gravemente o asesinar a alguien.


* El delito: Es una conducta, acción u omisión típica, antijurídica (contraria a Derecho) y culpable a la que corresponde una sanción denominada pena.


* La sanción: Es un término en derecho que tiene varios significados, aunque el que nos interesa en este tema es la sanción que genera una consecuencia sobre una conducta que es incorrecta ante la ley, y genera una infracción; el tipo de sanción varía dependiendo del tipo de norma incumplida o violada.

* La Falta: Es una conducta antijurídica que pone en peligro algún bien jurídico protegible, pero que es considerado de menor gravedad y que no es tipificada como delito. Las faltas cumplen con todos los mismos requisitos que un delito. La única diferencia es que la propia ley decide tipificarla como falta, en lugar de hacerlo como delito, atendiendo a su menor gravedad.

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